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Regulaciones de verificación de edad en los Estados Unidos de América

No cumplir con las leyes de verificación de edad puede acarrear serias consecuencias legales, como multas, restricciones en la actividad comercial o daños a la reputación de su marca. Infórmese sobre todo lo que necesita saber para mantenerse conforme, sin importar los estados en los que opere.

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Author
Dmytro Sashchuk
Investigador Legal y Consejero Legal de Producto Asociado
October 30, 2024
Fraude
Prevención de fraude
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1. Comprensión de las leyes de verificación de edad en EE.UU.
2. Profundizando en el marco de verificación de edad de los estados de EE.UU.
Texas
California
Carolina del Norte
Provincia de Montana
Virginia
Arkansas
Misisipi
Utah
Ohio
Indiana
Idaho
Tennessee
Carolina del Sur
Oklahoma
Kansas
Florida
Alabama
Condado de Maryland
3. Perspectivas prácticas para su negocio

Hoy pasamos más tiempo digitalmente que nunca antes. Un informe de Statista indica que desde 2021, un adulto en los Estados Unidos pasa, en promedio, un poco más de 8 horas al día, y las proyecciones prevén un aumento adicional de este número. Sin embargo, la creciente importancia del mundo digital, aunque indudablemente es algo positivo que mejora nuestro acceso a la información y permite oportunidades ilimitadas para el crecimiento personal, conlleva riesgos. Los riesgos son especialmente impactantes para grupos vulnerables como los niños. Por ejemplo, algunos tipos de contenido, como el contenido pornográfico, a menudo son mencionados como teniendo muchos efectos perjudiciales en el desarrollo de los niños. Los materiales orientados a adultos han sido confirmados por UNICEF como causantes de una serie de resultados negativos para los niños.

El artículo “El uso de la pornografía entre los adolescentes y el papel de la atención primaria” de Grace B Jhe. y otros presenta revelaciones sorprendentes. Los autores señalan que las estimaciones de consumo entre los jóvenes varían bastante, del 20% al 60%. Al mismo tiempo, el artículo señala que las encuestas representativas a nivel nacional de adolescentes en EE.UU. reportaron que el número de adolescentes accediendo a pornografía en línea llegó hasta el 68%.


Por lo tanto, no debería sorprender que el intenso aumento de nuevas iniciativas legislativas que exigen el uso de la verificación de edad haya establecido la garantía de edad como uno de los temas clave en el espacio de la verificación de identidad hoy en día. Las empresas en línea de todos los sectores deben cumplir con las reglas y regulaciones en desarrollo sobre restricciones de edad para cumplir con sus obligaciones de cumplimiento. No seguir las leyes de verificación de edad puede acarrear graves consecuencias legales, como procesos prolongados de litigio, pérdida de confianza e incluso multas o limitaciones para hacer negocios. De hecho, causa un daño reputacional para la marca, ya que la empresa enfrenta el riesgo de perder clientes si no demuestra un cumplimiento robusto con las leyes.

Con un sólido conocimiento del marco legislativo, nuestros expertos legales también están perfectamente situados para ayudarlo a determinar las regulaciones de verificación de edad más importantes, aplicables y próximas de EE. UU. Aquí pretendemos examinar cómo diferentes estados abordan este problema crítico dentro de sus marcos legales. Sin embargo, para algunos estados, las leyes de verificación de edad aún están avanzando a través de los procedimientos legislativos. 

A efectos informativos, le proporcionamos una lista no exhaustiva de las regulaciones pendientes:

Gran parte de las regulaciones que reportamos anteriormente han sido aprobadas y, por lo tanto, alentamos a los lectores interesados a estar atentos a los desarrollos relacionados con estas iniciativas legislativas.

1. Comprensión de las leyes de verificación de edad en EE.UU.

Si bien la distribución de contenido pornográfico ha sido regulada durante bastante tiempo, el Proyecto de Ley 142 de Louisiana, también conocido como Acta 440, promulgado el 1 de enero de 2023, fue la primera legislación innovadora que abordó el problema de la exposición de los menores a dicho contenido en línea.

La importancia de la ley de verificación de edad de Luisiana radica en el hecho de que ha establecido un precedente para que otros estados lo sigan. De hecho, hoy en día muchos pueden ver el impacto significativo de la ley de verificación de edad de Luisiana en allanar el camino para la tendencia a nivel nacional hacia leyes de verificación de edad más estrictas. Por ejemplo, estados como Arkansas, Virginia, Florida, Dakota del Sur, Virginia Occidental, Kansas y Misissippi han introducido una legislación similar para hacer cumplir la verificación de edad en negocios digitales. Estas leyes, al igual que su contraparte de Luisiana, tienen como objetivo regular la accesibilidad del contenido y los servicios digitales, particularmente aquellos que podrían ser perjudiciales para los menores.

A medida que continuamos allanando el camino para avances tecnológicos, vemos que muchos estados no dudan en producir leyes análogas a la ley de verificación de edad de Louisiana. Sin embargo, otros van más allá de este enfoque “estándar” y establecen salvaguardias aún más específicas que son particularmente importantes para los proveedores de redes sociales.

En cualquier caso, podemos ver sin esfuerzo que las leyes de verificación de edad jugarán, sin duda, un papel fundamental en la creación de un entorno en línea más seguro para la generación más joven y que las empresas que operan en EE.UU., independientemente de su sector, deben familiarizarse con el marco aplicable.

2. Profundizando en el marco de verificación de edad de los estados de EE.UU.

Luisiana

Proyecto de Ley 77

Codificado como: Estatutos Revisados de Louisiana, Título 51, Sección 51:2121

Visión general de la regulación: La Ley de Aplicación de Verificación de Edad de Pornografía o la Ley PAVE exige a las entidades comerciales que publiquen o distribuyan intencionalmente material dañino para los menores en Internet desde un sitio web que contenga una porción sustancial de dicho material, realizar una razonable verificación de edad para verificar la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos básicos incluyen:

Implementar un método razonable de verificación de edad mediante el uso de:

  • Una identificación digital o
  • Un sistema que permite verificar la edad a través de la identificación emitida por el gobierno o cualquier método comercialmente razonable que se base en datos transaccionales públicos o privados (por ejemplo, registros hipotecarios, registros educativos o registros de empleo).

Enlace: Proyecto de Ley 77

Estado: Aplica desde el 1 de agosto de 2023

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Noticias o transmisión de interés público, video de sitio web, informe o evento; o
    undefined
  • A menos que se cumplan ciertos criterios, los proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube (por ejemplo, crean material dañino para los menores).

Sanciones aplicables: La Ley establece la responsabilidad civil para los infractores. Cualquier entidad comercial que viole los requisitos de la ley puede ser sancionada:

  • Con una multa que no exceda $5,000 por cada día de violación;
  • Por solicitud del Fiscal General, una multa adicional de no más de $10,000 por cada violación en la que la entidad no haya cumplido con la verificación razonable de la edad para verificar la edad de los individuos.

Cómo se hace cumplir: Fiscal General.

Proyecto de Ley 142

Codificado como: Estatutos Revisados de Louisiana, Título 9, Sección 9:2800.29

Visión general de la regulación: Exige a la entidad comercial que publicite o distribuya intencionalmente material dañino para los menores en Internet desde un sitio web que contenga una porción sustancial de dicho material realizar una verificación de edad razonable para verificar la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos básicos incluyen:

1. No retener ninguna información identificativa sobre el individuo después de realizar la verificación de edad y después de que se haya concedido el acceso al material.

2. Implementar un método razonable de verificación de edad, mediante el uso de:

  • Una identificación digital o
  • Un sistema que permite verificar la edad a través de la identificación emitida por el gobierno o cualquier método comercialmente razonable que se base en datos transaccionales públicos o privados (por ejemplo, registros hipotecarios, registros educativos o registros de empleo).

Enlace: Proyecto de Ley 142

Estado: Aplica desde el 1 de enero de 2023

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Noticias o transmisión de interés público, video de sitio web, informe o evento;
  • Organizaciones de recopilación de noticias; o
  • Proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube, a menos que se cumplan ciertos criterios.

Sanciones aplicables: El alcance de las sanciones sigue siendo algo ambiguo. La Ley establece que una entidad que no implemente métodos de verificación de edad razonables o retenga intencionadamente información identificativa del individuo tras haberse otorgado el acceso a este es responsable ante un individuo por los daños resultantes del acceso de un menor al material o de la retención de información identificativa, incluidos los costos judiciales y los honorarios razonables de abogado.

Cómo se hace cumplir: A través de un derecho privado de acción.

Texas

Proyecto de Ley 1181

Codificado como: Código Civil y de Prácticas de Texas, Título 6, Capítulo 129B

Visión general de la regulación: Exige a una entidad comercial, incluidas las plataformas de redes sociales, que publique o distribuya intencionalmente material dañino para los menores en línea desde un sitio web que contenga una porción sustancial de dicho material, utilizar métodos razonables de verificación de edad para verificar que un individuo que intenta acceder al material tiene 18 años o más.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos básicos incluyen:

1. No retener ninguna información identificativa sobre el individuo después de realizar la verificación de edad.

2. Mostrar avisos específicos en la página de inicio del sitio web de Internet en el que se publique o distribuya material sexual dañino para los menores y todos los anuncios de ese sitio web en fuente de 14 puntos o más.

3. Mostrar el aviso específico al pie de cada página de un sitio web de Internet (en el que se publique o distribuya material sexual dañino para los menores) en fuente de 14 puntos o más.

4. Implementar la verificación de edad mediante el uso de:

  • Identificación digital: es decir, información almacenada en una red digital que puede ser accesible por una entidad comercial y que sirve como prueba de la identidad de un individuo.
  • Sistema comercial de verificación de edad que verifica la edad utilizando identificación emitida por el gobierno o un método comercialmente razonable que se base en datos transaccionales públicos o privados (por ejemplo, registros hipotecarios, registros educativos o registros de empleo).

Enlace: Proyecto de Ley 1181

Estado: Aplica desde el 1 de septiembre de 2023

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Organizaciones de recopilación de noticias;
  • A menos que se cumplan ciertos criterios, proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube.

Sanciones aplicables: La Ley establece la responsabilidad civil para los infractores. El Fiscal General puede presentar una acción para evitar la violación, recuperar una multa civil y obtener otra compensación que el tribunal considere apropiada. Una multa civil puede ascender a no más de:

  • $10,000 por día que la entidad opera un sitio web de Internet sin los mecanismos de verificación de edad apropiados requeridos por esta Ley;
  • $10,000 por cada instancia en que la entidad retenga información identificativa en contravención a los requisitos de esta Ley;
  • Si el incumplimiento de la verificación de edad resulta en un acceso no autorizado de un menor a material sexual dañino para menores, una cantidad adicional no superior a $250,000.

Además, el fiscal general puede recuperar honorarios y costos razonables y necesarios de abogado incurridos en una acción destacada anteriormente.

Cómo se hace cumplir: Fiscal General

Proyecto de Ley 18

Codificado como: Código de Negocios y Comercio de Texas, Título 1, Subtítulo A, Capítulo 509

Visión general de la regulación: Exige a un proveedor de servicios digitales (sitio web, aplicación, programa o software que recopila información personal) registrar la edad de sus usuarios, obtener consentimiento parental verificado para permitir el acceso de menores a la gama de funcionalidades y establece los deberes de los proveedores para prevenir daños a los menores.

Aplicabilidad: Proveedor de servicios digitales que puede ser un sitio web, aplicación, programa o software que recopila información personal a través de Internet. Por ejemplo, esto incluye proveedores de redes sociales, plataformas de intercambio de videos y plataformas de streaming.
Los requisitos básicos incluyen:

  • Verificar la edad de los usuarios que desean crear una cuenta con el proveedor de servicios digitales.
  • Obtener el consentimiento parental verificado para recopilar más datos personales de lo necesario para la prestación del servicio y permitir que el menor realice una gama de actividades en la plataforma de servicios digitales, tales como:
  • Compras o transacciones financieras;
  • Compartir, vender o divulgar la información del menor;
  • Uso del servicio digital para mostrar publicidad dirigida.
  • Desarrollar e implementar una estrategia para evitar la exposición de los menores a material dañino, por ejemplo, utilizando filtros de contenido y revisando la efectividad del filtrado.
  • Crear herramientas que permitan a los padres supervisar el uso del servicio digital por parte de sus hijos. Esto debería incluir controles sobre la privacidad del menor, acceso a la configuración de la cuenta e imponer límites de tiempo que los menores pueden pasar en el servicio digital.
  • Implementar un método razonable de verificación de edad e identidad para los usuarios destinados a acceder a contenido dañino.

Enlace: Proyecto de Ley 18
E
stado: Aplica desde el 1 de septiembre de 2024
Exce
pciones, si las hay: No se aplica a:

  • Agencias estatales
  • Instituciones financieras
  • Empresas regidas por la Ley de Portabilidad y Responsabilidad de Seguro de Salud de 1996
  • Pequeñas empresas como se define por la Administración de Pequeñas Empresas de EE. UU. el 1 de septiembre de 2024
  • Instituciones de educación superior
  • Proveedores de servicios digitales donde la información se utiliza para propósitos laborales
  • Operadores que están regidos por el Código de Educación de Texas que principalmente brindan servicios a estudiantes e instituciones educativas
  • Una persona sujeta a la Ley de Derechos Educativos y Privacidad Familiar de 1974.
  • Proveedores de servicios digitales que facilitan exclusivamente servicios de correo electrónico o mensajería directa.
  • A menos que se cumplan ciertos criterios, proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube.

Sanciones aplicables: La violación de la ley se considerará un acto engañoso o una práctica y será sancionada en consecuencia. La ley no autoriza un derecho privado de acción; sin embargo, los padres pueden presentar una acción buscando un fallo declaratorio o una orden judicial.
Cómo se hace cu
mplir: Por parte de la División de Protección al Consumidor de la Oficina del Fiscal General.

California

Ley del Código de Diseño Apropiado para la Edad

Codificado como: Código Civil de California, División 3, Parte 4, Título 1.81.47

Visión general de la regulación: La Ley del Código de Diseño Apropiado para la Edad de California (CAADCA) exige que un negocio que proporciona un servicio, producto o característica en línea que probablemente sea accesible para niños complete una Evaluación de Impacto de Protección de Datos para identificar los posibles daños a los que los niños pueden estar expuestos y, cuando sea apropiado, estimar la edad de los usuarios infantiles con un nivel razonable de certeza apropiado a los riesgos a los que pueden estar expuestos.

Aplicabilidad: CAADCA se aplica a cualquier negocio cuyo servicio, producto o característica en línea sea probable que sea accesible para niños, donde dicho servicio, producto o característica puede exponer a un niño al riesgo de daño.

Los requisitos básicos incluyen:

  • Antes de ofrecer nuevos servicios al público, completar y poner a disposición a solicitud del Fiscal General, la Evaluación de Impacto de Protección de Datos;
  • Documentar cualquier riesgo de daño a los niños que surja de las prácticas de gestión de datos del negocio identificadas en la PIAD y crear un plan para mitigar o eliminar dicho riesgo antes de que los niños accedan al servicio en línea;
  • Estimar la edad de los usuarios infantiles con un nivel razonable de certeza apropiado a los riesgos que surgen de las prácticas de gestión de datos del negocio o, alternativamente, aplicar las medidas de privacidad y protección de datos diseñadas para niños a todos los consumidores;
  • Proporcionar cualquier información de privacidad, términos de servicio, políticas y normas comunitarias utilizando un lenguaje claro y conciso adecuado a la edad de los niños que probablemente accedan a los servicios en línea;
  • Hacer cumplir los términos, políticas y normas comunitarias publicados por las empresas, incluidas las políticas de privacidad;
  • Proporcionar herramientas visibles, accesibles y receptivas para ayudar a los niños, o cuando sea relevante, a sus padres o tutores, a ejercer sus derechos de privacidad y reportar inquietudes.

Enlace: Proyecto de Ley 2273

Estado: Aplica desde el 1 de julio de 2024

Excepciones, si las hay: El servicio, producto o característica en línea excluye:

  • un servicio de acceso a Internet de banda ancha;
  • un servicio de telecomunicaciones;
  • la entrega o uso de productos físicos.

Esta ley no se aplica a la información o entidades especificadas en el Código Civil de California, sección 1798.145 (por ejemplo, proveedores de atención médica o entidades que colaboran con agencias de aplicación de la ley).

Sanciones aplicables: Cualquier negocio que se encuentre en violación de esta ley puede estar sujeto a lo siguiente:

  • instrucción;
  • una multa civil que no supere los $2,500 por cada niño afectado por cada violación negligente;
  • una multa civil que no supere los $7,500 por cada niño afectado por cada violación intencional.

Cómo se hace cumplir: Fiscal General

Ley de Protección de Nuestros Niños contra la Adicción a las Redes Sociales

Codificado como: Código de Salud y Seguridad de California, División 20, Capítulo 24

Visión general de la regulación: La Ley de Protección de Nuestros Niños contra la Adicción a las Redes Sociales exige a los operadores de servicios y aplicaciones basadas en Internet adictivas que prevengan el acceso de los niños a "feeds adictivos" antes de que se haya obtenido el consentimiento parental verificable. Esto significa que los operadores deben verificar la edad de las personas que intentan acceder a sus servicios y, cuando sea relevante, aplicar las restricciones necesarias a los menores.

Aplicabilidad: La Ley se aplica a cualquier operador, que es una persona que proporciona un sitio web de Internet, un servicio en línea o una aplicación móvil, que puede hacer recomendaciones y sugerencias de contenido a sus usuarios.

Los requisitos básicos incluyen:

  • Antes de ofrecer "feeds adictivos" a un usuario, el operador debe verificar la edad a la que se ofrece y si se determina que un usuario es menor - obtener el consentimiento parental.
  • El operador no debe enviar notificaciones (del servicio que brindan, por ejemplo, notificaciones de mensajes de redes sociales) entre las 12 a.m. y las 6 a.m. y entre las 8 a.m. y las 3 p.m. de lunes a viernes, desde septiembre hasta mayo, según la zona horaria del usuario, a menos que el operador haya obtenido el consentimiento parental.
  • El operador debe proporcionar a un padre verificado del usuario que es menor una lista de funcionalidades que permitan al padre regular la interacción de su hijo con el servicio/aplicación y el feed adictivo.
  • El operador debe divulgar públicamente el número de usuarios menores de su servicio/aplicación adictiva basada en Internet.

Enlace: Proyecto de Ley 976

Estado: Aplica desde el 1 de enero de 2027

Exenciones, si las hay: No aplicable

Sanciones aplicables: Cualquier negocio que se encuentre violando esta ley puede estar sujeto a la pena civil

Cómo se hace cumplir: Fiscal General

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Carolina del Norte

Proyecto de Ley 8 / SL 2023-132

Codificado como: Estatutos Generales de Carolina del Norte, Capítulo 66, Artículo 51, Sección 66-500

Resumen de la regulación: La Ley de Verificación de Edad de Pornografía o Ley PAVE requiere que una entidad comercial que intencionalmente publique o distribuya material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contenga una parte sustancial de dicho material verifique la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales - se consideran entidades reconocidas legalmente, tales como, entre otras, corporaciones, compañías de responsabilidad limitada o sociedades.

Los requisitos básicos incluyen:

1. No retener información identificativa sobre el individuo después de realizar la verificación de edad y tras haber concedido acceso al material

2. Implementar la verificación de edad e identidad mediante el uso de:

  • Una tarjeta de identificación digital o un sistema que permita verificar la edad mediante la identificación emitida por el gobierno o cualquier método comercialmente razonable que se base en datos transaccionales públicos o privados (por ejemplo, registros de hipoteca, registros educativos o registros de empleo);
  • Otro método comercialmente razonable de verificación de edad e identidad.

Enlace: Proyecto de Ley 8 / SL 2023-132

Estado: Aplica desde el 1 de enero de 2024

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Organizaciones de recopilación de noticias;
  • Generalmente a proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda, o proveedores de servicios en la nube, a menos que se cumplan ciertos criterios (por ejemplo, si ellos crean el material dañino para menores).

Sanciones aplicables: La ley establece responsabilidad civil para los violadores.

Los padres o tutores de los menores afectados y/o personas cuya información identificativa se retenga en violación de los requisitos bajo la Ley PAVE pueden solicitar al tribunal los siguientes tipos de compensación:

  • Una orden judicial para prohibir una violación continua de la Ley PAVE;
  • Daños compensatorios y punitivos.
  • Todos los costos, gastos y honorarios relacionados con la investigación y procedimientos del juicio civil asociados a la violación, incluidos los honorarios de abogados.

¿Cómo se aplica?: Derecho de acción privada - significa que cualquier individuo afectado (por ejemplo, un padre o tutor de un menor que tuvo acceso al material) puede llevar el caso ante el tribunal.

Provincia de Montana

Proyecto de Ley del Senado 544

Codificado como: Estatutos del Estado de Montana, Título 30, Capítulo 14

Resumen de la regulación: Requiere que una entidad comercial que intencionalmente publique o distribuya material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contenga una parte sustancial de dicho material verifique la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos básicos incluyen:

1. No retener ninguna información identificativa sobre el individuo después de realizar la verificación de edad y después de que se haya concedido el acceso al material.

2. Implementar un método razonable de verificación de edad mediante el uso de:

  • Una identificación digital o
  • Un sistema que permita verificar la edad mediante la identificación emitida por el gobierno o cualquier método comercialmente razonable que se base en datos transaccionales públicos o privados (por ejemplo, registros de hipoteca, registros educativos o registros de empleo);
  • Otro método comercialmente razonable de verificación de edad e identidad.

Enlace: Proyecto de Ley del Senado 544

Estado: Aplica desde el 1 de enero de 2024

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Organizaciones de recopilación de noticias;
  • A menos que se cumplan ciertos criterios, proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube.

Sanciones aplicables: El alcance de las sanciones sigue siendo algo ambiguo. La Ley establece que una entidad que no implemente métodos de verificación de edad razonables o retenga intencionadamente información identificativa del individuo tras haberse otorgado el acceso a este es responsable ante un individuo por los daños resultantes del acceso de un menor al material o de la retención de información identificativa, incluidos los costos judiciales y los honorarios razonables de abogado.

¿Cómo se aplica?: Lo más probable es que a través del derecho de acción privada, pero la ley no es muy clara en este aspecto.

Virginia

Proyecto de Ley del Senado 1515

Codificado como: Código de Virginia, Título 8.01, Capítulo 3, Artículo 3, Sección 8.01-40.5

Resumen de la regulación: Requiere que una entidad comercial que intencionalmente publique o distribuya material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contenga una parte sustancial de dicho material verifique la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos básicos incluyen:

  • Una base de datos disponible comercialmente que es utilizada regulatoriamente por empresas o entidades gubernamentales para los propósitos de verificación de edad e identidad o
  • Otro método comercialmente razonable de verificación de edad e identidad.

Enlace: Proyecto de Ley del Senado 1515

Estado: Aplica desde el 1 de julio de 2023

Exenciones, si las hay: No aplica al proveedor o usuario del servicio interactivo de computadora en Internet.

Sanciones aplicables: El alcance de las penas sigue siendo algo ambiguo. La ley establece que cualquier entidad comercial que viole esta ley puede estar sujeta a responsabilidad civil por daños resultantes del acceso de un menor a dicho material dañino y honorarios y costos razonables de abogados.

¿Cómo se aplica?: Lo más probable, a través de un derecho de acción privada, pero la ley no es muy clara en este aspecto.

Arkansas

Proyecto de Ley 66

Codificado como: Código de Arkansas, Título 4, Subtítulo 7, Capítulo 88, Subcapítulo 13

Resumen de la regulación: La Ley de Protección de Menores contra la Distribución de Material Dañino requiere que una entidad comercial use un método razonable de verificación de edad antes de permitir el acceso a un sitio web que contenga una parte sustancial de material que es dañino para los menores.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos básicos incluyen:

1. No retener información identificativa sobre el individuo después de realizar una verificación razonable de edad y después de haberse concedido acceso al material.

2. Implementar un método razonable de verificación de edad mediante el uso de:

  • Una tarjeta de identificación digital;
  • Una identificación emitida por el gobierno;
  • Cualquier método comercialmente razonable de verificación de edad que tenga un Nivel de Aseguramiento de Identidad 2 (IAL2).

Enlace: Proyecto de Ley 66

Estado: Aplica desde el 31 de julio de 2023

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Noticias o transmisión de interés público, video de sitio web, informe o evento;
  • Proveedores de servicios en la nube; o
  • Proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias o motores de búsqueda a menos que se cumplan ciertos criterios (por ejemplo, si crean material dañino para menores).

Sanciones aplicables: El alcance de las sanciones sigue siendo algo ambiguo. La Ley establece que una entidad que no implemente métodos de verificación de edad razonables o retenga intencionadamente información identificativa del individuo tras haberse otorgado el acceso a este es responsable ante un individuo por los daños resultantes del acceso de un menor al material o de la retención de información identificativa, incluidos los costos judiciales y los honorarios razonables de abogado.

¿Cómo se aplica?: Lo más probable, a través de un derecho de acción privada, pero la ley no es muy clara en este aspecto.

Proyecto de Ley 396

Codificado como: Código de Arkansas, Título 4, Subtítulo 7, Capítulo 88, Subcapítulo 14

Resumen de la regulación: Los proveedores de redes sociales deben prevenir que un menor sea titular de una cuenta en la plataforma de redes sociales a menos que el menor cuente con el consentimiento expreso de un padre o tutor legal.

Aplicabilidad:

Una compañía de redes sociales - significa un foro en línea que una compañía pone a disposición para que un titular de cuenta:

  • Crear un perfil público, establecer una cuenta o registrarse como usuario con el propósito principal de interactuar socialmente con otros perfiles y cuentas;
  • Subir o crear publicaciones o contenido;
  • Ver publicaciones o contenido de otros titulares de cuentas y
  • Interactuar con otros titulares de cuentas o usuarios, incluyendo, sin limitación, establecer conexiones mutuas mediante solicitud y aceptación.

Los requisitos básicos incluyen:

1. No retener información identificativa del individuo después de realizar la verificación de edad y proporcionar acceso a plataformas de redes sociales.

2. Las compañías de redes sociales deben verificar la edad de un titular de cuenta y, si el titular es un menor, confirmar que tienen el consentimiento de los padres/tutores para convertirse en un nuevo titular de cuenta al abrir una cuenta. La verificación de edad puede llevarse a cabo mediante el uso de:

  • Una tarjeta de identificación digital;
  • Una identificación emitida por el gobierno;
  • Cualquier método comercialmente razonable de verificación de edad.

Enlace: Proyecto de Ley 396

Estado: Aplica desde el 1 de septiembre de 2023

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Una compañía de medios que oferta exclusivamente contenido por suscripción en el que los usuarios siguen o se suscriben unilateralmente y cuyo propósito principal de la plataforma no es la interacción social;
  • Una compañía de redes sociales que permite a un usuario generar cortos clips de video de baile, locuciones u otros actos de entretenimiento cuyo propósito principal no es educativo o informativo;
  • Una compañía de medios que oferta exclusivamente juegos interactivos, juegos virtuales o un servicio en línea que permite la creación y carga de contenido para interactuar en juegos, entretenimiento o entretenimiento relacionado, y la comunicación relacionada a ese contenido;
  • Una compañía que ofrece servicios de almacenamiento en la nube, servicios de ciberseguridad empresarial, dispositivos educativos o herramientas de colaboración empresarial para escuelas desde kínder hasta el grado doce (K-12) y obtiene menos del 25% de sus ingresos de operar una plataforma de redes sociales, incluidos juegos y publicidad;
  • Una compañía que proporciona oportunidades de desarrollo profesional, incluyendo redes profesionales, habilidades laborales, certificaciones de aprendizaje y servicios de publicación y solicitud de empleo;
  • Una plataforma de redes sociales que está controlada por una entidad comercial que ha generado menos de $100,000,000 en ingresos brutos anuales.
  • Un servicio en línea, un sitio web o una aplicación que tiene una función predominante listada en A.C.A. § 4-88-1401(8(B)).

Sanciones aplicables: Una compañía de redes sociales que viola las disposiciones de la ley puede ser responsable de:

  • Una multa de $2,500 por violación, más los costos judiciales y honorarios razonables de abogados;
  • Daños resultantes del acceso de un menor a una plataforma de redes sociales sin el consentimiento de su padre o tutor, incluidos los costos judiciales y honorarios razonables de abogados.

¿Cómo se aplica?: Fiscal y/o Fiscal General. También se autoriza el derecho de acción privada.

Conocer más

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Misisipi

Proyecto de Ley 2346

Codificado como: Código de Mississippi 1972, Título 11, Capítulo 77

Resumen de la regulación: Requiere que una entidad comercial que intencionalmente publique o distribuya material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contenga una parte sustancial de dicho material realice una verificación razonable de edad para verificar la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos básicos incluyen:

1. No retener información identificativa sobre el individuo después de realizar la verificación de edad y después de haberse concedido acceso al material.

2. Implementar un método razonable de verificación de edad mediante el uso de:

  • Una identificación digital o
  • Un sistema que permite verificar la edad a través de la identificación emitida por el gobierno o cualquier método comercialmente razonable que se base en datos transaccionales públicos o privados (por ejemplo, registros hipotecarios, registros educativos o registros de empleo).

Enlace: Proyecto de Ley 2346

Estado: Aplica desde el 1 de julio de 2023

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Organizaciones de recopilación de noticias;
  • A menos que se cumplan ciertos criterios, los proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube (por ejemplo, crean material dañino para los menores).

Sanciones aplicables: El alcance de las sanciones sigue siendo algo ambiguo. La Ley establece que una entidad que no implemente métodos de verificación de edad razonables o retenga intencionadamente información identificativa del individuo tras haberse otorgado el acceso a este es responsable ante un individuo por los daños resultantes del acceso de un menor al material o de la retención de información identificativa, incluidos los costos judiciales y los honorarios razonables de abogado.

¿Cómo se aplica?: Lo más probable, a través de un derecho de acción privada, pero la ley no es muy clara en este aspecto.

Utah

Proyecto de Ley 287

Codificado como: Código de Utah, Título 78B, Capítulo 3, Parte 10

Resumen de la regulación: Requiere que una entidad comercial que intencionalmente publique o distribuya material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contenga una parte sustancial de dicho material realice una verificación razonable de edad para verificar la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos básicos incluyen:

1. No retener ninguna información identificativa sobre el individuo después de realizar la verificación de edad y después de que se haya concedido el acceso al material.

2. Implementar un método razonable de verificación de edad mediante el uso de:

  • Una identificación digital o
  • Verificación a través de un servicio de verificación independiente de terceros que compara la información personal ingresada por el individuo que busca acceder al material con la que está disponible en bases de datos comercialmente disponibles que las agencias gubernamentales y empresas utilizan regularmente para la verificación de edad e identidad o
  • Cualquier método comercialmente razonable que se base en datos transaccionales públicos o privados (por ejemplo, registros de hipoteca, registros educativos o registros de empleo).

Enlace: Proyecto de Ley 287

Estado: Aplica desde el 3 de mayo de 2023

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Organizaciones de recopilación de noticias;
  • A menos que se cumplan ciertos criterios, los proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube (por ejemplo, crean material dañino para los menores).

Sanciones aplicables: El alcance de las sanciones sigue siendo algo ambiguo. La Ley establece que una entidad que no implemente métodos de verificación de edad razonables o retenga intencionadamente información identificativa del individuo tras haberse otorgado el acceso a este es responsable ante un individuo por los daños resultantes del acceso de un menor al material o de la retención de información identificativa, incluidos los costos judiciales y los honorarios razonables de abogado.

¿Cómo se aplica?: Lo más probable, a través de un derecho de acción privada, pero la ley no es muy clara en este aspecto.

Proyecto de Ley 194 y Proyecto de Ley 464

Codificado como: Código de Utah, Título 78B, Capítulo 3, Parte 11 y Título 13, Capítulo 71

Resumen de la regulación: Como resultado de las demandas que impugnaron el Proyecto de Ley 311, el Proyecto de Ley 194 y el Proyecto de Ley 464 fueron promulgados recientemente. Estas leyes, aunque modifican sustancialmente su contraparte anterior, forman un marco que se mantiene bastante similar al de su predecesor.

En resumen, el Proyecto de Ley 194 impone una serie de requisitos a las compañías de redes sociales, como la exigencia de implementar un sistema de aseguramiento de edad para determinar si el usuario previsto es un menor. El Proyecto de Ley 464, por otro lado, establece el derecho de acción privada por la violación del Proyecto de Ley 194.

Aplicabilidad:

Compañía de redes sociales - significa una entidad que opera un servicio de redes sociales.

Servicio de redes sociales - significa un sitio web o aplicación pública que:

  • muestra contenido generado por los usuarios;
  • permite registrar una cuenta y crear un perfil visible;
  • permite publicar contenido visible para otros usuarios;
  • conecta a los titulares de cuentas y permite las interacciones sociales dentro del servicio;
  • crea una lista para cada titular de cuenta de otros titulares de cuenta con los que tienen conexión

Los requisitos básicos incluyen:

  • Una compañía de redes sociales debe implementar el sistema de aseguramiento de edad para determinar si el titular de cuenta actual o futuro de Utah es un menor
  • Una compañía de redes sociales necesita establecer configuraciones de privacidad predeterminadas para el titular de cuenta menor para priorizar la privacidad así como implementar medidas de seguridad razonables. Además, la compañía necesita deshabilitar algunas características que puedan llevar a comportamientos adictivos.
  • Una compañía de redes sociales debe proporcionar una herramienta de supervisión que permita a una persona seleccionada por el menor introducir características como límites de tiempo de uso diario del servicio o descansos programados obligatorios.
  • Una compañía de redes sociales debe obtener el consentimiento parental verificable para permitir que el titular de cuenta menor cambie las configuraciones de privacidad predeterminadas

Enlace: Proyecto de Ley 194 y Proyecto de Ley 464

Estado: Ambos son plenamente aplicables desde el 1 de octubre de 2024

Exenciones, si las hay: No se aplica a correo electrónico, almacenamiento en la nube, visualización de documentos, compartición, o servicios de colaboración.

Sanciones aplicables: Las compañías de redes sociales pueden ser responsables de las siguientes sanciones:

  • Una multa administrativa impuesta por la División de Protección al Consumidor de hasta $2,500 por cada violación, más los costos judiciales, honorarios razonables de abogados, indemnizaciones a personas afectadas y cualquier otro alivio que el tribunal considere apropiado;
  • Permite un derecho de acción privada (es decir, un individuo llevar el caso al tribunal contra una plataforma de redes sociales).
  • Una multa administrativa de hasta $5,000 por violación de la orden administrativa o judicial

¿Cómo se aplica?: Departamento de Comercio, la División de Protección al Consumidor y derecho de acción privada

Ohio

Proyecto de Ley 311

Codificado como: Código Revisado de Ohio, Título 13, Capítulo 1349, Sección 1349.09

Resumen de la regulación: La Ley de Notificación Parental de Medios Sociales de Ohio requiere que los operadores de redes sociales prevengan que un menor sea titular de una cuenta en la plataforma de redes sociales a menos que el menor tenga el consentimiento expreso de un padre o tutor legal.

Aplicabilidad:

Operador de medios sociales - se refiere a una persona o entidad que opera un producto en línea que tiene usuarios en Ohio y que permite a los usuarios hacer todas las siguientes cosas:

  • Interactuar socialmente con otros usuarios dentro del mismo producto;
  • Crear un perfil público o semicostado para iniciar sesión y usar el producto;
  • Crear una lista de otros usuarios con los que el usuario pueda compartir unión social dentro del producto;
  • Crear o publicar contenido visible por otros.

Los requisitos básicos incluyen:

  • Presente a los padres del niño una lista de las características ofrecidas por el producto de un operador relacionadas con la censura o moderación de contenido, incluyendo cualquier característica que se pueda desactivar para un perfil particular.
  • Obtener consentimiento verificable para cualquier contrato con un menor, incluyendo los términos del servicio, para registrarse, inscribirse o de otro modo crear un nombre de usuario único para acceder o utilizar el sitio web, servicio o producto en línea, del padre del menor usando cualquiera de los siguientes métodos:
  • Requerir que un padre firme y devuelva al operador un formulario consentido al contrato por correo postal, fax o correo electrónico;
  • Requerir que un padre, en conexión con una transacción monetaria, utilice una tarjeta de crédito, tarjeta de débito u otro sistema de pago en línea que notifique de cada transacción discreta al titular de la cuenta principal;
  • Requerir que un padre llame a un número de teléfono gratuito implementado por el operador y atendido por personal capacitado;
  • Requerir que un padre conecte con personal capacitado por videoconferencia;
  • Verificar la identidad de un padre al revisar un formulario de identificación emitido por el gobierno contra bases de datos de dicha información, y eliminar de inmediato la identificación del padre o del tutor legal de los registros del operador después de que se complete dicha verificación

Enlace: Código Revisado de Ohio

Estado: Aplica a partir del 15 de enero de 2024

Exenciones, si las hay: No aplica a un sitio web, servicio o producto en línea donde la función predominante o exclusiva sea:

  • Servicios de almacenamiento en la nube o de computación en la nube;
  • Servicios de acceso a Internet por banda ancha;
  • Servicios de motores de búsqueda

Sanciones aplicables: El Procurador General tiene la autoridad para presentar acciones civiles para una orden de restricción temporal, una orden de restricción preliminar o permanente, y multas civiles. Las multas civiles son escalables y aumentan a medida que la falta de cumplimiento continúa:

  • US$1,000 por cada día subsiguiente de los primeros 60 días en que los operadores no cumplan con la ley
  • US$5,000 por cada día subsiguiente del día 61 al 90 en que los operadores no cumplan con la ley
  • US$10,000 por cada día subsiguiente a partir del 91.º día en que los operadores no cumplan con la ley

Cómo se aplica: Por el Procurador General.

Indiana

Proyecto de Ley del Senado 17

Codificado como: Código de Indiana, Título 24, Artículo 4, Capítulo 23

Resumen de la regulación: Requiere que un operador de un sitio web orientado a adultos que publica o distribuye intencionalmente material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contiene una porción sustancial de dicho material, realice una verificación razonable de edad para verificar la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Operadores de sitios web orientados a adultos: estas son personas que operan sitios web públicos que publican material dañino para menores, si al menos un tercio de las imágenes y videos publicados en el sitio web representan material dañino para menores.

Los requisitos básicos incluyen:

1. No retener ninguna información identificativa sobre el individuo después de realizar la verificación de edad y después de que se haya concedido el acceso al material.

2. Implementar un método razonable de verificación de edad mediante el uso de:

  • Una credencial móvil; o
  • Verificación a través de un servicio de verificación independiente de terceros utilizado regularmente para la verificación de edad e identidad que compara la información personal contra la información contenida en las bases de datos
  • Cualquier método comercialmente razonable que se base en datos transaccionales públicos o privados (por ejemplo, registros de hipoteca, registros educativos o registros de empleo).

Enlace: Proyecto de Ley del Senado 17

Estado: Aplica a partir del 1 de julio de 2024, sin embargo, la aplicabilidad de la ley fue bloqueada por la Corte

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Periódico o servicio de noticias que publica noticias a través de un sitio web;
  • Proveedor de servicios en la nube
  • A menos que se cumplan ciertos criterios, los proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube (por ejemplo, crean material dañino para los menores).

Sanciones aplicables: Cualquier negocio que se encuentre en violación de esta ley puede estar sujeto a lo siguiente:

Cualquiera

  • daños reales;
  • daños hasta US$5,000
  • Alivio por orden judicial,

y

  • Costos judiciales, honorarios razonables del abogado y otros costos de litigio

Cómo se aplica: Derecho privado de acción o por el Procurador General

Idaho

Proyecto de Ley de la Cámara 498

Codificado como: Código de Idaho, Título 24, Artículo 4, Capítulo 23

Resumen de la regulación: Requiere que una entidad comercial que intencionalmente publique o distribuya material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contenga una parte sustancial de dicho material realice una verificación razonable de edad para verificar la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos clave incluyen:
Implementar un método razonable de verificación de edad mediante el uso de:

  • Una identificación digital o
  • Un sistema que permite verificar la edad a través de la identificación emitida por el gobierno o cualquier método comercialmente razonable que se base en datos transaccionales públicos o privados (por ejemplo, registros hipotecarios, registros educativos o registros de empleo).

Enlace: Proyecto de Ley de la Cámara 498

Estado: Aplica desde el 1 de julio de 2024

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Organizaciones de recopilación de noticias;
  • A menos que se cumplan ciertos criterios, los proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube (por ejemplo, crean material dañino para los menores).

Sanciones aplicables: Cualquier negocio que se encuentre en violación de esta ley puede estar sujeto a lo siguiente:

  • Daños estatutarios a partir de US$10,000
  • Alivio por orden judicial, y
  • Costos judiciales, honorarios razonables del abogado y otros costos de litigio

Cómo se aplica: Derecho privado de acción.

Tennessee

Proyecto de Ley del Senado 1792

Codificado como: Código de Tennessee, Título 39, Capítulo 17, Parte 9, Sección 39-17-912

Resumen de la regulación: Requiere que una entidad comercial que intencionalmente publique o distribuya material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contenga una parte sustancial de dicho material realice una verificación razonable de edad para verificar la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos clave incluyen:
1. No retener ninguna información de identificación personal sobre el individuo después de realizar la verificación de edad y después de que se haya concedido el acceso al material

2. Implementar un método razonable de verificación de edad aplicando:

  • La coincidencia de una fotografía tomada en el dispositivo a través del cual el usuario intenta acceder al material dañino para menores contra la fotografía en un documento de identidad válido emitido por el gobierno;
  • Un sistema que permite verificar la edad a través de los datos transaccionales públicos o privados (por ejemplo, registros hipotecarios, registros educativos o registros laborales).

3. Si el acceso del usuario a materiales dañinos para menores dura más de 60 minutos, la verificación de edad debe realizarse al menos una vez cada 60 minutos.

Enlace: Proyecto de Ley del Senado 1792

Estado: Aplica a partir del 1 de enero de 2025

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Organizaciones de recopilación de noticias;
  • A menos que se cumplan ciertos criterios, los proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube (por ejemplo, crean material dañino para los menores).

Sanciones aplicables: Cualquier violación de esta ley será considerada un delito menor de Clase C, lo que puede llevar a las siguientes sanciones:

  • Términos de prisión que van de 3 a 15 años
  • Multas no superiores a US$10,000
  • Donde la multa por la infracción de esta ley se impone a una corporación, el monto de la multa aumenta a no más de US$250,000

Cómo se aplica: Procurador General y derecho privado de acción

Carolina del Sur

Proyecto de Ley de la Cámara 3424

Codificado como: Código de Carolina del Sur, Título 37, Capítulo 1, Sección 37-1-310

Resumen de la regulación: Requiere que una entidad comercial que intencionalmente publique o distribuya material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contenga una parte sustancial de dicho material realice una verificación razonable de edad para verificar la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos clave incluyen:
Implementar un método razonable de verificación de edad mediante el uso de:

  • Una tarjeta de identificación digital;
  • Servicios de verificación de edad de terceros independientes utilizados por empresas para la verificación de edad e identidad;
  • Otros métodos comercialmente razonables que dependen de datos transaccionales públicos o privados (por ejemplo, registros hipotecarios, registros educativos o registros laborales).

Enlace: Proyecto de Ley de la Cámara 3424

Estado: Aplica a partir del 21 de mayo de 2024

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Organizaciones de recopilación de noticias;
  • A menos que se cumplan ciertos criterios, los proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube (por ejemplo, crean material dañino para los menores).

Sanciones aplicables: Cualquier negocio que se encuentre en violación de esta ley puede estar sujeto a alivio por orden judicial y otras medidas equitativas.

Cómo se hace cumplir: Fiscal General

Oklahoma

Proyecto de Ley del Senado 1959

Codificado como: Estatutos de Oklahoma, Título 15, Sección 791

Resumen de la regulación: Requiere que una entidad comercial que intencionalmente publique o distribuya material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contenga una parte sustancial de dicho material realice una verificación razonable de edad para verificar la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos clave incluyen:
Implementar un método razonable de verificación de edad mediante el uso de:

  • Una tarjeta de identificación digital;
  • Servicios de verificación de edad de terceros independientes utilizados por empresas para la verificación de edad e identidad;
  • Otros métodos comercialmente razonables que dependen de datos transaccionales públicos o privados (por ejemplo, registros hipotecarios, registros educativos o registros laborales).

Enlace: Proyecto de Ley del Senado 1959

Estado: Aplica a partir del 1 de noviembre de 2024

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Organizaciones de recopilación de noticias;
  • A menos que se cumplan ciertos criterios, los proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube (por ejemplo, crean material dañino para los menores).

Sanciones aplicables: Cualquier negocio que se encuentre en violación de esta ley puede estar sujeto a lo siguiente:

  • Daños reales
  • Costos judiciales, honorarios razonables del abogado y otros costos de litigio
  • Alivio por orden judicial y otras medidas equitativas.

Cómo se aplica: Procurador General o derecho privado de acción

Kansas

Proyecto de Ley 394

Resumen de la regulación: Requiere que una entidad comercial que intencionalmente publique o distribuya material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contenga una parte sustancial de dicho material realice una verificación razonable de edad para verificar la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos clave incluyen:
Implementar un método razonable de verificación de edad mediante el uso de:

  • Una base de datos que es utilizada por empresas para la verificación de edad e identidad;
  • Otro método comercialmente razonable de verificación de edad e identidad.

Enlace: Proyecto de Ley 394

Estado: Aplica desde el 1 de julio de 2024

Exenciones, si las hay: No aplica a proveedores de servicios de Internet o servicios informáticos interactivos

Sanciones aplicables: Cualquier negocio que se encuentre en violación de esta ley puede estar sujeto a lo siguiente:

  • Daños reales
  • Costos judiciales, honorarios razonables del abogado y otros costos de litigio
  • Daños estatutarios no menores de US$50,000

Cómo se aplica: Derecho privado de acción

Florida

Proyecto de Ley 3

Codificado como: Estatutos de Florida, Título XXXIII, Capítulo 501, Secciones 501.1736-501.1738

Resumen de la regulación: Esta ley contiene dos líneas de requisitos. Primero, requiere que una plataforma de redes sociales impida que un menor, que sea menor de 14 años, sea titular de una cuenta en la plataforma de redes sociales y eliminar toda la información personal relacionada con dichas cuentas.

En segundo lugar, requiere que la entidad comercial que publique o distribuya intencionalmente material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contenga una porción sustancial de dicho material, realice una verificación razonable de edad para verificar la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Plataformas de redes sociales - significa un foro en línea, sitio web o aplicación que:

  • Permite a los usuarios subir o ver el contenido o la actividad de otros;
  • Tiene el 10% o más de usuarios diarios que son menores de 16 años y que pasan un promedio de 2 horas/día en tal plataforma durante el período de 12 meses anteriores
  • Emplea algoritmos para analizar datos de usuario y seleccionar contenido para los usuarios;
  • Tiene otras características tradicionales de las plataformas de redes sociales (que se elaboran en esta ley).

Entidades comerciales: estas son cualquier entidad reconocida legalmente, como, entre otros, corporaciones, compañías de responsabilidad limitada y sociedades.

Los requisitos clave incluyen:
1. Para las plataformas de redes sociales, impedir que los menores de 14 años creen una cuenta y eliminar sin retener ningún dato personal de las cuentas existentes de dichos menores.

2. Para entidades comerciales, implementar un método razonable de verificación de edad mediante el uso de una herramienta anónima de verificación de edad proporcionada por una empresa independiente con fines de verificación de edad.

Enlace: Proyecto de Ley 3

Estado: Aplica a partir del 1 de enero de 2025

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Organizaciones de recopilación de noticias;
  • A menos que se cumplan ciertos criterios, los proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube (por ejemplo, crean material dañino para los menores).

Sanciones aplicables: Cualquier negocio que se encuentre en violación de esta ley puede estar sujeto a lo siguiente:

  • Daños estatutarios hasta US$50,000 por violación
  • Compensación por daños reales hasta US$10,000
  • Costos judiciales, honorarios razonables del abogado y otros costos de litigio

Cómo se aplica: Derecho privado de acción

Alabama

Proyecto de Ley 164

Codificado como: Código de Alabama, Título 13A, Capítulo 6, Artículo 11, Sección 13A-6-240

Resumen de la regulación: Requiere que una entidad comercial que intencionalmente publique o distribuya material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contenga una parte sustancial de dicho material realice una verificación razonable de edad para verificar la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos clave incluyen:
1. No retener ninguna información de identificación personal sobre el individuo después de realizar la verificación de edad y después de que se haya concedido el acceso al material

2. Las entidades comerciales que distribuyan materiales para adultos a través del sitio web de adultos deben obtener el consentimiento por escrito para publicar o distribuir tales materiales de cada individuo representado en tales materiales.

3. Las entidades comerciales deben implementar un método razonable de verificación de edad utilizando cualquier software comercialmente disponible que proporcione garantías razonables de que la persona que accede al material tiene 18 años o más.

4. Las entidades comerciales que estén obligadas a utilizar el método de verificación de edad deben mostrar los siguientes avisos en las páginas de destino del sitio web de adultos en el que se publique material dañino para menores:

"ADVERTENCIA DEL DEPARTAMENTO DE SALUD Y SERVICIOS HUMANOS DE ALABAMA: La pornografía es potencialmente adictiva biológicamente, se ha demostrado que perjudica el desarrollo cerebral humano, desensibiliza los circuitos de recompensa del cerebro, aumenta las respuestas condicionadas y debilita la función cerebral."
"ADVERTENCIA DEL DEPARTAMENTO DE SALUD Y SERVICIOS HUMANOS DE ALABAMA: La exposición a este contenido está asociada con baja autoestima e imagen corporal, trastornos alimentarios, desarrollo cerebral deficiente y otras enfermedades emocionales y mentales."
"ADVERTENCIA DEL DEPARTAMENTO DE SALUD Y SERVICIOS HUMANOS DE ALABAMA: La pornografía aumenta la demanda de prostitución, explotación infantil y pornografía infantil."
"LÍNEA DIRECTA DE LA ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE ABUSO DE SUSTANCIAS Y SALUD MENTAL DE EE.U.:
"1-800-662-HELP (4357)
"ESTA LÍNEA DIRECTA ES UN SERVICIO DE INFORMACIÓN GRATUITO Y CONFIDENCIAL (EN INGLÉS O ESPAÑOL) DISPONIBLE 24 HORAS AL DÍA, PARA INDIVIDUOS Y MIEMBROS DE LA FAMILIA QUE ENFRENTAN ENFERMEDADES MENTALES O DE USO DE SUSTANCIAS. EL SERVICIO PROPORCIONA REFERENCIAS A INSTALACIONES DE TRATAMIENTO LOCALES, GRUPOS DE APOYO Y ORGANIZACIONES COMUNITARIAS."

Enlace: Proyecto de Ley 164

Estado: Aplica a partir del 1 de octubre de 2024

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Organizaciones de recopilación de noticias;
  • A menos que se cumplan ciertos criterios, los proveedores de servicios de Internet, sus afiliados o subsidiarias, motores de búsqueda o proveedores de servicios en la nube (por ejemplo, crean material dañino para los menores).

Sanciones aplicables: Cualquier negocio que se encuentre en violación de esta ley puede estar sujeto a lo siguiente:

  • Daños reales
  • Costos judiciales, honorarios razonables del abogado y otros costos de litigio
  • Daños estatutarios no menores de US$50,000

Cómo se aplica: Derecho privado de acción

Condado de Maryland

Ley de Código de Diseño Apropiado para la Edad de Maryland

Codificado como: Código de Maryland, Título 14, Subtítulo 48

Resumen de la regulación: Requiere que una entidad comercial que intencionalmente publique o distribuya material dañino para menores en Internet desde un sitio web que contenga una parte sustancial de dicho material realice una verificación razonable de edad para verificar la edad de los individuos que intentan acceder al material.

Aplicabilidad: Entidades comerciales; estas son cualquier entidad legalmente reconocida, como, entre otras, corporaciones, sociedades de responsabilidad limitada y asociaciones.

Los requisitos clave incluyen:
Antes de ofrecer nuevos servicios al público, completar y poner a disposición de forma solicitada al Procurador General, la Evaluación de Impacto en la Protección de Datos;

  • Documentar cualquier riesgo de daño a los niños que surja de las prácticas de gestión de datos del negocio identificadas en la PIAD y crear un plan para mitigar o eliminar dicho riesgo antes de que los niños accedan al servicio en línea;
  • Estimar la edad de los usuarios infantiles con un nivel razonable de certeza apropiado a los riesgos que surgen de las prácticas de gestión de datos del negocio o, alternativamente, aplicar las medidas de privacidad y protección de datos diseñadas para niños a todos los consumidores;
  • Proporcionar cualquier información de privacidad, términos de servicio, políticas y normas comunitarias utilizando un lenguaje claro y conciso adecuado a la edad de los niños que probablemente accedan a los servicios en línea;
  • Hacer cumplir los términos, políticas y normas comunitarias publicados por las empresas, incluidas las políticas de privacidad;
  • Proporcionar herramientas visibles, accesibles y receptivas para ayudar a los niños, o cuando sea relevante, a sus padres o tutores, a ejercer sus derechos de privacidad y reportar inquietudes.

Enlace: Proyecto de Ley 571

Estado: Aplica a partir del 1 de octubre de 2024

Excepciones, si las hay: No se aplica a:

  • Las empresas que están sujetas a la Ley Gramm-Leach-Bliley (es decir, proveedores de servicios financieros regulados a nivel federal)
  • Las empresas que están sujetas a la Ley federal de Tecnología de la Información de Salud para el Cuidado Económico y Clínico;
  • Las empresas que están sujetas a las regulaciones bajo la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro de Salud de 1996

Sanciones aplicables: Cualquier negocio que se encuentre en violación de esta ley puede estar sujeto a lo siguiente:

  • Penalidad civil de US$2,500 por cada niño afectado por cada violación negligente
  • Penalidad civil de US$7,500 por cada niño afectado por cada violación negligente

Cómo se aplica: División de Protección del Consumidor de la Oficina del Procurador General

3. Perspectivas prácticas para su negocio

Familiarícese con las leyes y regulaciones

Para allanar el camino hacia el cumplimiento, las empresas deben familiarizarse primero con las leyes y regulaciones relevantes en las regiones donde operan. Esto incluye comprender el alcance, los umbrales de edad específicos para diferentes tipos de contenido, las medidas autorizadas de verificación de edad y las sanciones por incumplimiento. Un asesor legal informado puede proporcionar orientación valiosa en este área.

Evaluar prácticas actuales

Se recomienda que las empresas evalúen sus prácticas actuales e identifiquen posibles brechas en la verificación de edad. Este proceso abarca desde revisar el diseño del sitio web y los procesos de registro de usuarios hasta controles de acceso específicos al contenido. Es importante recordar que la verificación de edad no es una solución única; lo que funciona para una empresa en una jurisdicción puede no funcionar para otra.

Aplicar sistemas de verificación de edad 

La implementación de sistemas de verificación de edad robustos es un paso crucial. Estos sistemas pueden ser muy diferentes, siendo formas simples, como la auto-declaración, cada vez menos atractivas. Mientras tanto, métodos más sofisticados, como los servicios de verificación de identidad, se han vuelto más adecuados para fines de cumplimiento. Aunque las soluciones de verificación de edad robustas suelen requerir más recursos, ofrecen mayor precisión y fiabilidad, y las empresas informadas deben sopesar los costos y beneficios de los diferentes sistemas para determinar la opción más adecuada.

Capacitar al personal interno

Capacitar al personal interno para manejar la verificación de edad es igualmente importante. Los empleados deben comprender la importancia de la verificación de edad, saber cómo utilizar los sistemas existentes y poder manejar cualquier problema que surja, particularmente aquellos que se describen en las leyes o regulaciones aplicables. Las sesiones de capacitación regulares pueden ayudar a garantizar que el personal esté al día con las últimas prácticas y regulaciones.

Mantenerse actualizado

Finalmente, las empresas deben siempre aspirar a mantenerse actualizadas, lo que implica revisiones y actualizaciones regulares de sus prácticas de verificación de edad. A medida que las leyes y tecnologías evolucionan constantemente, las empresas necesitan mantenerse al tanto de estos cambios para seguir siendo cumplidoras y eficientes. Las auditorías regulares pueden ser útiles y ayudar a identificar cualquier problema temprano y permitir una rectificación oportuna.

¡Hablemos!

Para obtener más información sobre leyes y regulaciones en su jurisdicción, comuníquese con uno de nuestros expertos legales.

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